Herencias

Desheredación: cuándo es válida y qué hacer si te han desheredado

Por Juan Antonio Serrano — Abogado colegiado nº 2476 ·

Fallece tu padre o tu madre. Vas al notario, lees el testamento y ahí está, por escrito: te ha desheredado. A veces con un motivo. A veces con dos líneas que no explican nada. Es un golpe doble, porque al duelo se suma la sensación de que te han borrado. Antes de darlo por cerrado, respira. Desheredar a un hijo no es tan sencillo como escribirlo. La ley pone condiciones muy estrictas, y si no se cumplen, conservas lo que te corresponde.

Desheredar no es lo mismo que dejarte menos

En el derecho común, los hijos tienen derecho a una parte mínima de la herencia: la legítima. Tus padres pueden favorecer a un hermano, pero no pueden dejarte por debajo de esa parte porque sí. La desheredación es la única forma de quitarte también la legítima. Por eso la ley la trata como una excepción y la rodea de requisitos.

Solo vale por las causas que dice la ley

El Código Civil es claro: solo se puede desheredar por las causas que la propia ley señala (art. 848 CC). No vale cualquier motivo, por comprensible que le pareciera a quien hizo el testamento. Para los hijos y descendientes, las causas son estas (arts. 852 y 853 CC):

  • Haberle negado los alimentos sin motivo legítimo. Es decir, no ayudarle cuando lo necesitaba y podías hacerlo.
  • Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra. Agresiones, humillaciones serias, insultos graves.
  • Algunas causas de indignidad para heredar (art. 756 CC), como haber sido condenado por atentar contra su vida o por delitos graves contra él o su familia, o haberle acusado falsamente de un delito grave.

Fuera de esa lista, no hay desheredación válida. Que no te casaras con quien ellos querían, que eligieras otra profesión o que tuvierais una discusión fuerte, por sí solo, no basta.

La causa tiene que estar escrita en el testamento

No basta con desheredar. El testamento tiene que decir por qué (art. 849 CC). Si solo pone «desheredo a mi hijo» sin indicar una causa legal, la desheredación no se sostiene. Y la causa tiene que ser concreta: una frase vaga o genérica plantea serios problemas.

Quien tiene que probar es el heredero, no tú

Esto es importante y mucha gente no lo sabe. Si tú niegas que la causa sea cierta, son los herederos quienes tienen que demostrarla (art. 850 CC). No tienes que probar que eras un buen hijo. Son ellos quienes deben acreditar que pasó lo que dice el testamento.

Eso no significa que debas quedarte de brazos cruzados. Mensajes, correos, fotos, visitas, ayudas económicas o testigos de cómo era vuestra relación pueden ser muy útiles. Guárdalo todo.

Qué pasa si la desheredación no es válida

Si la desheredación se hizo sin causa, con una causa que no está en la ley o con una causa que no se logra probar, es injusta. Y la consecuencia está en el art. 851 CC: se anula la institución de heredero en lo que te perjudique. Dicho de forma sencilla: recuperas tu legítima. El resto del testamento sigue valiendo en lo que no la toque. No es que te quedes con todo; es que nadie puede quitarte lo que la ley te reserva.

¿Y si simplemente no teníamos relación?

Es la situación más frecuente. Años sin hablar, sin visitas, sin llamadas. El Código Civil no recoge la falta de relación como causa autónoma. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha admitido en algunos casos que el maltrato psicológico puede encajar en el «maltrato de obra».

Ahora bien, con mucha prudencia. No vale cualquier distanciamiento. Hace falta un abandono o un menosprecio de entidad, que se pueda probar, y que sea imputable al hijo. Si la falta de relación fue cosa de los dos, o la provocó el propio padre o madre, la cosa cambia por completo. Cada historia familiar es distinta, y aquí los matices lo son todo.

En Cataluña y otros territorios, las reglas cambian

Si la herencia se rige por el derecho catalán, hay una diferencia clave. El Código civil de Cataluña (art. 451-17) incluye expresamente como causa de desheredación la ausencia manifiesta y continuada de relación familiar, siempre que se deba a una causa exclusivamente imputable al legitimario. Además, allí la legítima funciona de forma distinta. Aragón, Galicia, el País Vasco, Navarra y Baleares también tienen sus propias reglas. Qué derecho se aplica depende de la vecindad civil del fallecido, no solo de dónde vivía. Por eso conviene revisarlo antes de sacar conclusiones.

Qué hacer si te han desheredado

1. Consigue una copia del testamento

Como hijo tienes derecho a obtenerla. Primero se pide el certificado de últimas voluntades, que dice ante qué notario se otorgó el último testamento. Con eso, pides la copia al notario. Léelo con calma: qué causa se alega, cómo está redactada y qué se dispone para el resto.

2. No firmes nada sin asesorarte

Es habitual que, al poco tiempo, te pidan firmar la partición, una aceptación o un documento «para cerrar el tema». No lo hagas sin que lo revise un abogado. Lo que firmes puede limitar después lo que puedas reclamar. Y si el problema es que otro heredero bloquea el reparto, te lo explicamos en qué hacer cuando un heredero no quiere firmar la herencia.

3. Reúne todo lo que muestre tu versión

Mensajes, correos, fotos, justificantes de ayudas, nombres de personas que conocían vuestra relación. Cuanto antes lo ordenes, mejor.

4. Actúa cuanto antes

Hay plazos para reclamar y dependen de la acción concreta que corresponda en tu caso. Algunos son más cortos de lo que imaginas. Lo sensato es no esperar: cuanto antes se estudie el testamento, más margen tendrás para decidir. Si además crees que el testamento tiene otros defectos, puede interesarte leer cuándo y cómo se puede impugnar un testamento.

Preguntas frecuentes

¿Mis padres pueden desheredarme porque no nos hablábamos?

En el Código Civil, el simple distanciamiento no aparece como causa. Los tribunales han admitido en algunos casos el maltrato psicológico, pero exigen que sea grave y que se pruebe. En Cataluña, la ausencia de relación sí es causa si es manifiesta, continuada y exclusivamente imputable al hijo.

Si la desheredación no es válida, ¿me quedo con toda la herencia?

No necesariamente. Lo que la ley te garantiza es tu legítima. El resto del testamento sigue valiendo en lo que no la perjudique.

¿Tengo que demostrar yo que la causa es falsa?

No. Si niegas la causa, son los herederos quienes tienen que probar que es cierta. Aun así, conviene que reúnas desde el principio todo lo que muestre tu versión de la relación.

¿Te han desheredado? Cuéntanos tu caso

Sabemos que no es solo una cuestión de dinero. Te escuchamos, leemos el testamento contigo y te decimos con claridad si la desheredación se sostiene y qué opciones tienes. La primera consulta es sin compromiso, y si decides seguir, los honorarios se pactan por escrito antes de empezar. Llevamos 17 años ejerciendo, trabajamos 100 % online en toda España y hablas directamente con el abogado de principio a fin.

Ver cómo trabajamos las herencias en conflicto

O escríbenos por WhatsApp al 625 279 251 con el mensaje «Hola, me han desheredado en un testamento y quiero consultar mi caso.»

Información orientativa que no garantiza resultados; cada caso debe valorarse de forma individual.

Si necesitas ayuda con un caso de herencias, puedes ver cómo lo llevo aquí.


¿Tienes una duda sobre esto? Pregúntame.

Las consultas se moderan: solo se publican las preguntas tras ser revisadas y respondidas.

Solo para avisarte cuando responda. No se publica.

Artículos relacionados